lunes, 4 de febrero de 2019

SINDICATOUST, COMUNICADO POR DICTAMEN


COMUNICADO

DICTAMEN DE CONVOCATORIA Y VOTACIÓN DE LA HUELGA EN PERIODO DE VACACIONES


Se comunica a todos los trabajadores y trabajadoras del Área de la Educación Privada que el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Santo Tomás se encuentra en Proceso de Negociación Colectiva y por encontrarse la gran mayoría de los trabajadores afiliados en período de vacaciones durante los meses de enero y febrero, es que se solicitó a la Dirección Nacional del Trabajo la suspensión de dicho Proceso, quienes emiten Dictamen con fecha  22/01/2019 y que resuelve a favor del derecho que tienen los trabajadores y trabajadoras a realizar una huelga efectiva.


Este Dictamen es el ORD:265/005, y resuelve lo siguiente:
El procedimiento de negociación colectiva que se desarrolla en la Universidad Santo Tomás se suspende durante todo el período en que los trabajadores involucrados en la misma, sean estos académicos y no académicos, hacen uso de su feriado legal de conformidad al artículo 74 del código del trabajo, para los efectos de la convocatoria y votación de la huelga, para hacer efectiva esta última, y era imperativo suspender, esta  se inició con anterioridad al inicio del feriado legal respecto de todos aquellos eventos o procedimientos en que sólo actúan los trabajadores y  miembros de la comisión negociadora.
El dictamen fue gestionado por la Directiva Sindical con el único objetivo de poder establecer equilibrio entre las partes, apegándonos al principio de buena fe que  la Negociación Colectiva es en donde el Sindicato de los Trabajadores y Trabajadoras se unen para  obtener una reajustabilidad y condiciones favorables para todos los afiliados que representamos, hacer efectiva una huelga en vacaciones es completamente desfavorable y no se produciría un ejercicio del real derecho que otorga el Código del Trabajo, en definitiva sería invisibilizar un conflicto.

¿Qué hubiera pasado si llevamos a cabo una huelga, en donde los trabajadores se encuentran paralizados, pero la empresa esta con todo su personal en vacaciones?
No tendría  sentido, el principio es  paralizar las funciones normales de la empresa y que se note la ausencia  de sus trabajadores en la productividad, en nuestro caso servicios de educación superior privada.

Este Dictamen no solo es para el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Universidad Santo Tomás, es para todos los Sindicatos de Educación Privada que se encuentren en un periodo de negociación colectiva y este coincida con el periodo de vacaciones de los trabajadores.

El Derecho Constitucional de poder hacer efectiva la huelga (si esta es necesaria) debe tener un efecto de presión en la empresa y de darse en el periodo de vacaciones de los trabajadores, tanto administrativos, docentes y alumnos no tendría ninguna incidencia.
Por último haber logrado innovar en la votación de la huelga, donde se refleja la participación de la mayoría de la base sindical es un avance de los trabajadores y trabajadoras. Es por ello que instamos a todos los representantes y dirigentes de los trabajadores y trabajadoras a luchar por conseguir estas transformaciones, que siempre aportaran en la correlación de poder entre las partes, fundamentalmente para que se recupere el respeto en los Procesos de Negociaciones Colectivas, donde el empresario tiene todo a su favor y nuestra única herramienta de lucha que está quedando y que otorga el Código del Trabajo es el Derecho a Huelga.


LA DIRECTIVA SINDICAL


Santiago, 04 de febrero del 2019.-

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